Impuesto de alojamiento y tarifa de preservación de playas

Todas las personas o empresas que alquilen alojamientos para dormir durante un período inferior a 90 días o menos deben abrir una cuenta en la Oficina de Recaudación de Ingresos de la ciudad.

¿Qué es el Impuesto de Alojamiento y la Tarifa de Preservación de Playas?

Un impuesto equivalente al tres por ciento del precio de venta bruto total recibido por el alquiler de cualquier habitación (excluidas las salas de reuniones), espacios para campamentos, espacios para vehículos recreativos, albergues o alojamientos para dormir proporcionados a transeúntes por cualquier hotel, posada, condominio, motel, hostal, residencia o cualquier otro lugar en el que se proporcionen habitaciones, albergues o alojamientos para personas transeúntes dentro de la ciudad de Hilton Head Island.

  • Uno por ciento asignado al Impuesto de Alojamiento
    • Se utiliza para gastos relacionados con el turismo, incluidos edificios de uso turístico, acceso a playas, carreteras, infraestructura de agua y alcantarillado, mantenimiento, policía, protección contra incendios y servicios médicos de emergencia.
  • Dos por ciento asignado a la tarifa de preservación de playas
    • Se utiliza para el saneamiento de playas y para servicios e instalaciones relacionados con la playa.

¿A quién se considera transeúnte?

Cualquier persona que alquile una habitación para dormir durante un período inferior a noventa (90) días.

Opciones de pago

  • Pago en línea
    • Los pagos pueden realizarse mediante cheque electrónico o tarjeta de crédito
      • Los pagos con tarjeta de crédito se limitan a la tramitació en persona y/o en línea con un límite de $5,000.
      • Los pagos con cheques electrónicos están limitados a un umbral de $25,000.
    • Necesitará su código PIN que se encuentra en la esquina superior derecha de su Formulario de pago de impuestos.

      Pague sus impuestos en línea

  • Pago por correo:
    • o Ciudad de Hilton Head Island
      A la atención de: Revenue Services
      One Town Center Court
      Hilton Head Island, SC 29928
  • Los pagos con tarjeta de crédito se limitan a la tramitación en persona y/o en línea con un límite de $5,000.
    • Para garantizar la seguridad del titular de la tarjeta, no aceptaremos información sobre la tarjeta de crédito en formato impreso (recibida por correo y/o FAX).
    • Los documentos impresos no se tramitarán y se le devolverán.

¿Cuándo vencen mis pagos?

Los pagos de impuestos vencen trimestralmente de acuerdo con el siguiente cronograma.

Cobrado Pendiente de pago
Primer trimestre (enero, febrero, marzo) 20 de abril del año calendario
Segundo trimestre (abril, mayo, junio) 20 de julio del año calendario
Tercer trimestre (julio, agosto, septiembre) 20 de octubre del año calendario
Cuarto trimestre (octubre, noviembre y diciembre) 20 de enero del año calendario inmediatamente posterior

¿Qué sucede si me retraso en el pago de impuestos?

La falta de pago en la fecha de vencimiento dará lugar al cobro de recargos. Los recargos se calculan de la siguiente manera:

  • El 5% del importe no abonado por cada mes de retraso hasta el pago total.
  • Además, las empresas morosas están sujetas a un requerimiento municipal de $1,092.50.

¿Necesito enviar un formulario incluso si no tuve ninguna venta?

Sí. Envíe el formulario con cero en el campo Ingresos brutos.

¿Necesito una licencia comercial?

Sí, si posee una o más propiedades de alquiler (o tiene un interés parcial en ellas), necesitará una licencia comercial.

¿Alguna pregunta?

Póngase en contacto con el Departamento de Recaudación de Ingresos llamando al 843-341-4677.